1) Los ascensos se aplicarán a todas las categorías en las cuales sea posible ascender. Las categorías actuales que cumplen con esta norma son: C, B, A y 1ra Amateur.
2) Los ascendidos en la temporada 2009 cumplirán sus ascensos a partir del primer torneo oficial del año 2010
3) Los ascensos de Categoría se dispondrán cuando estén disputadas la mitad de los torneos fijados en el calendario anual de cada una de las Categorías y definitivamente al final del año competitivo, o sea, luego de disputado el último torneo en cada una de las categorías. Esto sin perjuicio alguno de lo que indica el Reglamento Oficial del Circuito Nacional en el artículo II.
4) Los jugadores ascendidos no podrán volver a jugar en categorías más bajas a las que ascendieron, exceptuando a los jugadores de “Primera Amateur” que asciendan a Primera, en ese caso podrán jugar en “Primera Amateur” acompañados de un jugador de Cat A (3ra)
5) *Ascenderán de Categoría todos aquellos jugadores que hayan conquistado el 70% (o más) de los puntos que disputaron en el año. Tomándose para dicho calculo un mínimo de 3 torneos en cualquiera de las categorías. Ejemplo: si un jugador disputó 7 torneos en el año, de 100 puntos cada uno, en su categoría, y ganó 490 puntos, habrá conquistado el 70% de los 700 puntos que disputó, por lo cual ascenderá de categoría. Si ese mismo jugador hubiese ganado 455 puntos de los 700 que disputó, habrá conquistado el 65 % de los puntos disputados por lo cual no ascenderá de categoría. *Solo se podría dar una excepción (de que no ascienda) si por edad, ejemplo +55 años, los delegados técnicos considerasen que no debería ascender, lo que transmitirán a la AAP.
6) Un jugador que no hubiese ascendido de Categoría podrá de todas maneras jugar los torneos en las categorías más altas.
Sistema de Descensos de Categorías del Circuito Nacional de Padel:
1) Los descensos se aplicarán a todas las categorías en las cuales sea posible descender. Las categorías actuales que cumplen con esta norma son: PRIMERA Categoría, 1ra Amateur, “A” y "B"
2) Los descensos de Categoría se dispondrán cuando estén disputadas la mitad de los torneos fijados en el calendario anual de cada una de las Categorías y/o definitivamente al final del año competitivo, o sea, luego de disputado el último torneo en cada una de las categorías. Esto sin perjuicio alguno de lo que indica el Reglamento Oficial del Circuito Nacional en el artículo II.
3) Los jugadores descendidos podrán volver a jugar en categorías más altas a las que descendieron.
4) Descenderán de Categoría todos aquellos jugadores que hayan conquistado el 30% (o menos) de los puntos que disputaron en el año. Tomándose para dicho calculo un mínimo de 3 torneos en cualquiera de las categorías. Ejemplo: si un jugador disputó 7 torneos en el año, de 100 puntos cada uno, en su categoría, y ganó 210 puntos, habrá conquistado el 30% de los 700 puntos que disputó, por lo cual descenderá de categoría. Si ese mismo jugador hubiese ganado 245 puntos de los 700 que disputó, habrá conquistado el 35 % de los puntos disputados por lo cual no descenderá de categoría.